PENSIONES PÚBLICAS vs. PENSIONES PRIVADAS: CASO COLOMBIA

En Colombia, el sistema de pensiones está regulado por la Ley 100 de 1993. Esta ley divide el sistema de pensiones en dos (2) regímenes principales. Primero, se tiene al régimen de prima media, que es público y administrado por Colpensiones; dicha administradora de pensiones colombiana es una empresa industrial y comercial de propiedad estatal, organizada como una entidad financiera especial asociada al Ministerio del Trabajo. El otro es el régimen de ahorro individual solidario, un fondo de capitalización privado supervisado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Los fondos de capitalización privada actúan como si fueran una especie de cuentas de ahorros, en donde cada trabajador activo que cotiza tiene una cuenta a su nombre, depositando sus ahorros previsionales todos los meses. Los ahorros en mención son invertidos por las AFP en el mercado de valorescompra y venta de acciones de empresasdivisasdeuda pública, entre otros. De esta forma los ahorros previsionales se capitalizan conforme se van sumando intereses, y al llegar a la edad de jubilación se habrá generado un rendimiento acumulado con el cual se pagarán los desembolsos mensuales.

El sistema privado de pensiones representa el ahorro de un individuo para su jubilación. El principio es simple: cuanto más se ahorra, mayor será el pago final. Este sistema enfatiza en la responsabilidad individual, puesto que el monto de la pensión de cada contribuyente depende directamente de sus contribuciones personales.

Para el sistema público de pensiones, los contribuyentes de Colpensiones destinan una parte de su salario cada mes a lo que se considera “ahorro previsional”. Sin embargo, estas contribuciones no van a cuentas individuales sino que se agrupan en un fondo común. A diferencia del sistema privado, este dinero no se invierte para crecer con el tiempo, por el contrario, se utiliza directamente para financiar las pensiones actuales. Básicamente, los trabajadores de hoy sustentan las pensiones de los jubilados actuales.

Aquí es donde radica el principal problema del sistema público de pensiones: mientras más pensionados haya en Colpensiones y menos personas estén cotizando en este sistema público, menos dinero quedará para pagar las pensiones actuales. Tal situación sucede año tras año. Según el informe de coyuntura elaborado por la Contaduría General de la Nación, durante los años 2021 y 2022 existió una tendencia a que los ingresos de Colpensiones fueran inferiores a sus gastos y costos en billones de pesos.

Así las cosas, le corresponde al Estado encontrar los recursos para pagar las pensiones actuales. En vista de esto, se utiliza dinero del gasto público para hacer frente a los pagos en cuestión. Todos los colombianos se verían obligados a pagar más impuestos para sufragar esos gastos. De acuerdo con Azuero Zúñiga (2020), hasta el año 2018 la deuda presentada por el Estado colombiano con Colpensiones era de 787 mil millones de pesos.

Como resultado, mientras el fondo de pensiones público acumula deuda, el fondo privado acumula valor generado. Además, los fondos privados tienen distintas modalidades: uno es libre de elegir a cuál desea pertenecer, y además cuenta con inversiones de corto y largo plazo, garantizando mayor seguridad financiera al aportante.

En el más reciente Índice Global de Pensiones de Mercer CFA Institute (el de 2023), el cual compara 47 sistemas de pensiones en todo el mundo, Colombia ocupa el puesto 26, a diferencia de los Países Bajos que ocupa el primer lugar. A saber, en los Países Bajos se aprobó hace menos de un año la Ley de Pensiones Futuras, con los objetivos de lograr una pensión complementaria que aumente más rápido una acumulación de pensiones más individual y más clara, y un sistema de pensiones acorde plenamente con las personas que ya no trabajan para el mismo empleador durante 40 años.

Los sistemas de pensiones de todo el mundo se encuentran bajo una gran presión debido a las crisis financieras que han producido una inflación implacable, la incertidumbre geopolítica, la inestabilidad económica y otras consecuencias negativas que nos afectan a todos.

REFORMA PREVISIONAL PROPUESTA POR EL GOBIERNO DE GUSTAVO PETRO

El Gobierno de Gustavo Petro ha propuesto una reforma pensional en Colombia que pretende alterar el funcionamiento del actual sistema. La reforma apunta a disolver los dos (2) regímenes de pensiones creados por la Ley 100 de 1993 y adoptar un sistema multi-pilar de la siguiente manera:

1. Pago solidario

Otorgaría un estipendio mensual de 233.000 pesos colombianos a personas mayores de 65 años. En particular, el Gobierno aún tiene que aclarar si esta ayuda será específica, por ejemplo, solo para personas mayores que viven en la pobreza, o estará disponible universalmente para todas las personas mayores de 65 años. Dicha distinción es esencial, ya que no diferenciar puede resultar en déficits fiscales considerables.

2. Contributivo

El régimen de prima media, administrado por Colpensiones, reunirá aportes hasta por el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales. Mientras tanto, las AFP gestionarán aportes superiores a este monto. Máxime, quienes ganen hasta tres (3) SMMLV tendrán la obligación de contribuir a Colpensiones, incluso si prefieren no hacerlo. Este cambio podría desafiar la salud financiera de las AFP, dadas sus amplias actividades de inversión.

3. Semi-contributivo

Una provisión atenderá a aquellos que han contribuido pero no cumplen con los criterios de jubilación. En particular, existe un sistema similar dentro del plan privado de ahorro solidario: aquí, una fracción de los ahorros en cuentas privadas ayuda a las personas que contribuyeron pero no alcanzaron el umbral de pensión necesario.

4. Ahorro individual voluntario

Aquellos que ganan más de tres (3) SMMLV y contribuyen a Colpensiones pueden opcionalmente depositar fondos adicionales en un plan de pensiones privado separado.

Además del sistema descrito, la propuesta reduciría el período mínimo de cotización de las mujeres en 50 semanas por cada hijo, con un límite de tres (3) hijos. Este ajuste tiene un doble efecto. Por un lado, acelera la jubilación de las mujeres. Por otro lado, puede afectar su empleabilidad, puesto que las empresas podrían dudar en contratar mujeres al prever una duración laboral más corta.

Obligar a las personas que ganan hasta tres (3) salarios mínimos a contribuir a Colpensiones podría reforzar la viabilidad del sistema a corto y mediano plazo. La estructura del sistema se asemeja a una pirámide, donde los pagos de los contribuyentes más jóvenes sostienen a los de más arriba. Sin estos pagos, la estructura corre riesgo de inestabilidad, poniendo en peligro las pensiones futuras de los contribuyentes actuales. Por lo tanto, si bien las reformas dirigidas a las poblaciones vulnerables son encomiables, sin darse cuenta pueden poner en peligro su estabilidad financiera a largo plazo.

Esto no significa que implementar reformas no sea necesario, ya que en una sociedad siempre se debe buscar cómo mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. No obstante, es necesario examinar cuidadosamente los medios empleados para lograrlo: las estrategias para alcanzar estos objetivos demandan un escrutinio exhaustivo, lo que requiere participación colectiva.


REFERENCIAS (Fuente e Imagen destacada)

Azuero Zúñiga, F. (2020). “El sistema de pensiones en Colombia: institucionalidad, gasto público y sostenibilidad financiera”, serie Macroeconomía del Desarrollo, N.º 206 (LC/TS.2020/63). Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). https://www.cepal.org/es/publicaciones/45780-sistema-pensiones-colombia-institucionalidad-gasto-publico-sostenibilidad.

Bassano, L. (1570). Lázaro y el rico Epulón [Óleo sobre lienzo]. Museo Nacional del Prado, Madrid España. https://www.museodelprado.es/coleccion/obra-de-arte/lazaro-y-el-rico-epulon/449efb74-3344-4d5d-97ff-e6fb985dedb9.

NOTA:

La versión original de esta columna apareció por primera vez en el portal Econlib – The Library of Economics and Liberty.

Omar Hernández
Omar Hernández

Estudiante de Derecho de la Universidad Libre Seccional Barranquilla y miembro del Semillero de Investigación COGNITIO adscrito al Grupo de Investigación INCOM de la misma universidad. Coordinador Senior de SFL Colombia (Students for Liberty Colombia). Escritor y conferencista.

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