Ley de porte de armas en Colombia, una violación al derecho a la legítima defensa. – Parte 1

 “Si queremos gozar la paz, debemos velar bien las armas; si deponemos las armas no tendremos jamás paz”.

Cicerón.

El principal obstáculo en referencia al libre porte, tenencia y autodefensa es lo que llamaremos: “una mala idea de lo que es gobierno”. Idea que no está generalizada en la opinión pública como muchos podríamos creer. Aquella, parte más bien de criterios de un anterior consenso político. El modelo político planteado tiene una profundidad ideológica política ya marcada, es decir, yo catalogaría la constitución política de 1991 como; un trofeo impuesto por los ganadores de ese momento exacto de nuestra historia.

Por su parte

El partido liberal colombiano promulgaba tesis socialistas desde el icónico Rafael Uribe Uribe, hasta su mayor pico con la entrada en 1992 a la internacional socialista[1], junto con la organización subversiva y radical ´M-19´ que entró como observador, representaron en ese entonces ambas asociaciones políticas bajo ciertas filiales ideológicas la mano dispuesta a escribir nuestra carta magna con una mayoría absoluta, que respaldaba la construcción de un consenso político, producto de la deliberación de una asamblea mayoritariamente progresista.

Comparado con la constitución de 1863 en su artículo 15, inciso 15 donde se reconocía los derechos individuales en su amplitud “La libertad de tener armas y municiones, y de hacer el comercio de ellas en tiempo de paz”.

En contraposición

El artículo 223[2] que hace una referencia clara al monopolio de las armas por parte del Estado, criterios de planificación central o administración de la vida económica y social por parte del Estado, donde se cambió el objetivo primario de la constitución (limitar los poderes del Estado y reconocer los derechos individuales) a introducir los tentáculos del Estado en la mayoría de los factores sociales o económicos de nuestras vidas. La relativización de los derechos, donde se parte de conclusiones irracionales como «ningún derecho es absoluto, todos son relativos”; justificando así todo tipo de atropellos del legislador y por consiguiente de la autoridad con monopolio de armas.  

Así pues; la idea de gobierno presente en nuestra legislación es de partida un opuesto al reconocimiento suficiente de los derechos individuales de la sociedad abierta. Esta es una idea de gobierno tímidamente totalitario, paternalista y basado en dar permisos y no en el ejercicio de la libertad y la responsabilidad individual. La idea buena de gobierno partiendo de que los limites humanos comparados con la inmensidad del conocimiento lo hace falible, por tanto, la respuesta lógica sería el sano escepticismo al poder del Estado.

Entonces resulta que un gobierno que puede (y ciertamente lo demuestra) caer fácilmente en la corrupción, el robo, el autoritarismo y en la violencia, por ser principalmente compuesto de humanos, que son a su vez, cada uno falible. Las personas falibles no podemos recrear un mundo infalible, ahí yace la peligrosidad de no darle limites al poder.

Las armas como herramientas

Bajo este entendido; de que las armas son herramientas con una destinación concreta, pero con diversos usos según el portador. No son malas per se, es decir, un arma no puede ser mala o buena, es un objeto que obedece a un portador, en cuyo caso cualquier cosa y hasta ninguna cosa (como nuestras propias extremidades) puede usarse para hacer daño físico, obedece entonces a un uso y no a un criterio de valoración por sí misma.

La posición de Colombia no es firme en ninguno de ambos casos. Por un lado, hay excepciones para el porte, considerando peligroso que la sociedad civil en su totalidad tenga la libertad de portar un arma. No siquiera tenerla o elegir tenerla, si no que el constituyente, en parte y la interpretación de la corte constitucional en la Sentencia No. C-296/95, niega la existencia de derechos adquiridos sobre posesión y tenencia de armas. Tomando una posición no solo coherente con el ordenamiento constitucional; si no partidaria de este.

Por otro lado, un sector regido por estas mismas normas, producto de un consenso reprochable. Asegura que es mucho más peligroso desarmarse frente a los aparatos estatales, considerando la falibilidad que estos demuestran y la facilidad con que las cosas pueden ser relativizadas y cambiadas en sustentaciones vacías como el pueblo, la sociedad, el bienestar general o la justicia social; conceptos vacíos, abstractos y con millares de interpretaciones opuestas. Esta es la diferencia entre el Estado que supone esta para protegernos y el Estado que hoy está para mandar según sus instituciones, filiaciones o delirios.

Duras Verdades

Se resalta aquí; la tiranía que ciertamente es una realidad. Que es palpable con más fuerza cuando esta ha completado la ocupación de todo el poder disponible y paradójicamente es banalizada, nadie lo cree o simplemente cree que no le afectará. Mientras que creen en escenarios hipotéticos mucho mas difíciles; como que un día después firmada la libertad de armas, todos tendríamos una, por tanto, todos estaríamos matándonos en las calles y la violencia sería extraordinaria.

Esta premisa parte de dos errores, como que donde hay controles de armas no hay muertes con armas, y donde no hay controles de armas hay muertes por millares, y supone que todos somos potenciales asesinos. Solo limitados por no tener un arma para realizar esos fines.

Empecemos con un hecho observable, el Estado Colombiano es insuficiente por sus mismos limites naturales; como sujeto abstracto de imponer fielmente que no se den muertes violentas con armas o que grupos se armen ilegalmente para ejercer terrorismos en el territorio. Tomemos de ejemplo que ciudadanos se armaron para protegerse y perseguir otros grupos al margen de la ley, como el fenómeno de las AUC, fenómeno producto de la guerra injustificada que mantuvo casi 60 años las FARC contra la población civil y contra el Estado.

Las FARC, armados hasta los dientes, vivieron el comienzo y final de las AUC y aún así el Estado fue incompetente para darle fin al terrorismo de grupos armados ilegales. En otras palabras, el control no impide ni que haya armas en el territorio, ni que se reduzca la delincuencia, ni mucho menos se reduzcan las muertes violentas.


[1] LIBERALISMO: por fin en la internacional socialista, redacción el tiempo 16 de septiembre 1992.

[2] Artículo 223 de la constitución política de Colombia, 1991.

Nota:

Este especial, que consta de dos partes, es realizado por un invitado de El Bastión. Su nombre el Carlos Manjarres Daza. Coordinador Local de la organización Students for Liberty en la Región Caribe, activista libertario en el Centro de Pensamiento Libertad y Prosperidad (CPLP) y estudiante de derecho.

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